¿Por qué la Fiesta de Janucá no tiene un Tratado en la Mishná o el Talmud?

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La forma en que se celebraba Janucá en la época del Segundo Templo de Jerusalén no puede reconstruirse a partir de un “manual festivo” clásico. La clave está en comprender qué es la Mishná, cómo organiza la halajá y por qué Janucá aparece de manera fragmentada en la literatura rabínica temprana.

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La Mishná y el lugar de Janucá

La Mishná, redactada en época tanaítica y asociada a Rabí Yehudá haNasí, no es una crónica histórica ni un calendario litúrgico completo. Su objetivo principal es la codificación de la halajá, organizada por grandes áreas temáticas: Zeraim, Moed, Nashim, Nezikín, Kodashim y Tohorot.

Dentro del Orden Moed, la prioridad está claramente definida: Shabat, las festividades bíblicas (Pesaj, Shavuot y Sucot), Yom Kipur y las estructuras jurídicas del calendario y los votos. Janucá, en cambio, es una festividad postbíblica, de carácter rabínico, centrada en un acto doméstico —el encendido de luces— y sin un sistema amplio de prohibiciones de melajá ni un servicio sacrificial comparable al de las fiestas del Templo.

Ese perfil halájico explica por qué Janucá no cuenta con un tratado propio y por qué su normativa aparece distribuida.

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Dónde aparece Janucá en la Mishná

Lejos de estar ausente, Janucá está integrada en los lugares donde genera consecuencias jurídicas concretas:

Calendario y anuncio del mes
En Mishná Rosh HaShaná 1:3 se menciona que los emisarios salían también en el mes de Kislev, debido a Janucá. Esto muestra que la festividad tenía impacto en el calendario público y en la coordinación comunitaria.

Lecturas públicas de la Torá
Mishná Meguilá 3:6 incluye a Janucá entre las ocasiones con lecturas especiales. El aspecto sinagogal de la festividad se regula, coherentemente, en el tratado dedicado a las lecturas públicas.

Ayunos y decretos comunitarios
En Mishná Taanit, Janucá figura entre los días en los que no se decretan ayunos ni luto público. Funciona como un marcador jurídico de días alegres que limitan medidas comunitarias restrictivas.

Daños y responsabilidad civil
Mishná Bava Kama 6:6 presenta el caso del fuego que se propaga desde una luz de Janucá colocada correctamente. Aquí el encendido tiene implicaciones en el derecho de daños, no en la legislación festiva clásica.

Materiales de encendido
Mishná Shabat, capítulo 2, regula mechas y aceites. Aunque no menciona explícitamente a Janucá, establece el marco técnico que la Guemará conecta directamente con las luces de Janucá. El acto central de la festividad es el encendido, y Shabat es el tratado que regula combustibles y luminarias.

En conjunto, la Mishná incorpora a Janucá allí donde corresponde: calendario, sinagoga, decretos públicos, responsabilidad civil y tecnología del encendido.

El núcleo halájico: Shabat 21b

El corazón normativo de Janucá se encuentra en el Talmud de Babilonia, Shabat 21b. Allí se formula la célebre pregunta “¿Qué es Janucá?” y se ofrece una síntesis que vincula la festividad con el milagro del aceite y la instauración de días de alabanza y gratitud.

El pasaje desarrolla cuestiones centrales: ubicación de las luces, principios de pirsumei nisa (publicitar el milagro), consideraciones de seguridad y adaptación en contextos de peligro.

En este marco aparece el famoso debate entre Beit Hilel y Beit Shamai sobre el número de luces: aumentar día a día o disminuirlas. La halajá sigue a Beit Hilel, apoyada en el principio de ma’alin bakódesh ve-ein moridín: en santidad se asciende y no se desciende.

Así, Janucá presenta un corpus relativamente breve, pero cargado de principios halájicos fundamentales.

¿Por qué no existe un Tratado de Janucá?

La explicación más sólida es editorial y halájica. Janucá no generaba un campo normativo lo suficientemente amplio como para justificar un tratado independiente. Su legislación se concentra en el encendido de luces, algunos marcadores comunitarios y ciertas implicaciones civiles, todo integrable en tratados existentes.

A esto se suman otros factores: el peso de la costumbre establecida, la existencia de literatura paralela como Meguilat Taanit y una posible prudencia histórica al evitar enfatizar narrativas de rebelión en un contexto de dominación romana. El resultado no es silencio, sino integración.

Conclusión

Decir que “no hay tratado de Janucá” no significa que la festividad haya sido marginal. Significa que la Mishná optó por no crear un bloque autónomo, incorporando a Janucá en los puntos donde producía efectos jurídicos reales. El Talmud, especialmente a través de Shabat 21b, construyó a partir de allí la halajá práctica y el sentido religioso de la festividad.

Janucá, en la época del Segundo Templo y en la literatura rabínica temprana, fue una celebración viva, jurídicamente precisa y conceptualmente intensa, aunque deliberadamente compacta.

Abel
Abelhttps://lamishna.com
Abel Flores es un periodista e investigador especializado -por más de 20 años- en la intersección entre la historia sagrada y los misterios metafísicos. Su trabajo profundiza en la Mishná, la Biblia y la Kabalá, explorando los códigos, contextos y dimensiones ocultas que conectan la tradición bíblica y rabínica con la evolución espiritual y filosófica del mundo. Combina rigor académico con una mirada crítica y analítica, revelando los vínculos entre teología, religión, poder y conocimiento ancestral.
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